Badajoz, 28 de mayo. La fiscal del caso David Sánchez, Begoña García Boró, ha mostrado su apoyo a la prescripción del delito de aceptación de nombramiento ilegal vinculado a Sánchez en la Diputación de Badajoz, sugiriendo que este delito debería ser excluido del juicio. Además, ha defendido la «imparcialidad y objetividad» de la jueza de instrucción, Beatriz Biedma, en respuesta a las suspicacias que se han intentado plantear durante el proceso.
La fiscal realizó estas afirmaciones durante su intervención en la sesión de cuestiones previas que comenzó el jueves en la Audiencia Provincial de Badajoz relacionada con la contratación del hermano de Pedro Sánchez en la Diputación en 2017.
Durante su declaración, tras las presentaciones de los abogados de la defensa y la acusación, García Boró respaldó la solicitud del abogado del expresidente de la Diputación de Badajoz, señalando que «la cuestión propuesta por la falta de imputación del señor Gallardo existe». Subrayó que «nadie puede ser acusado sin haber sido investigado, para evitar futuras acusaciones sorpresivas».
García Boró mencionó que, aunque el señor Gallardo fue escuchado en el momento procesal adecuado, la acusación en relación con la contratación de Luis Carrero fue inesperada y se realizó «sin que haya sido oído y sin haber adquirido la condición de investigado». En este sentido, consideró que se había vulnerado «el derecho fundamental a la defensa» de Gallardo, debido a que no se le había informado acerca de sus derechos respecto a la creación del puesto que se está investigando.
Por ello, propuso «una nulidad parcial» del auto de apertura de juicio oral en este aspecto para el caso de Miguel Ángel Gallardo.
Prescripción del Delito
Por otro lado, la fiscal también se adhirió a la opinión del abogado de David Sánchez, quien argumenta que el delito por el que se le juzga ha prescrito. En este contexto, García Boró indicó que «el delito de aceptación de nombramiento ilegal está tipificado no con inhabilitación, sino con una pena de multa de tres a ocho meses», clasificándolo como «un delito leve que debe prescribir al año».
Asimismo, añadió que en el escrito de acusación se ha delimitado completamente la participación de David Sánchez en ciertos hechos, como en los casos de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal, donde se le considera autor «de forma independiente y excluyente del delito de aceptación».
Destacó que el delito de aceptación «no es un delito que pueda ser cometido por una sola persona», lo que llevó a la fiscal a instar a evaluar si las infracciones mencionadas son «conexas o tienen una continuidad delictiva». Desde su perspectiva, del escrito de acusación «no se desprende ningún indicio de conexidad material ni de continuidad delictiva», considerándolo como «dos supuestos diferentes, aunque uno sea consecuencia del otro».
En relación a la «investigación prospectiva» mencionada por el abogado de David Sánchez, la fiscal defendió «la legalidad de la investigación realizada, del procedimiento, del auto habilitante y de la incorporación de estos correos».
Finalmente, sobre la recusación propuesta, la fiscal la rechazó, asegurando que no tiene «ninguna duda acerca de la imparcialidad y objetividad de la magistrada» Beatriz Biedma, manifestando que no comprende «las sospechas que se han intentado introducir en este acto y en este momento procesal».
